Aprobados los cambios que permiten mejorar la calidad de los vinos en incorporar nuevas variedades principales en la D.O.Ribeiro

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó la resolución de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria por la que se aprueba una modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Ribeiro, con la que se busca una mejora de la calidad y de la especificidad de los vinos acogidos la este indicativo.

Así, se incluyen cuatro variedades de uva como principales, dos de ellas tintas (Merenzao y Espadeiro) y dos blancas (Blanco Legítimo y Albilla del Avia). Todas las variedades tienen una ancha tradición de cultivo en la comarca del Ribeiro, donde existen cepas centenarias. Su inclusión permite una mayor oferta de los vinos de la denominación, lo que posibilita una mejor presencia en el comprado y la conservación del patrimonio que estas variedades representan.

Por lo que se refiere a la inclusión de la variedad a Albilla del Avia – autóctona del Val do Avia – hay que indicar que durante mucho tiempo fue erróneamente identificada con la Albillo, a pesar de que esta última no se cultiva en la zona. En 2021, la variedad nativa del Val obtuvo el reconocimiento oficial, motivo por el cual se retiró la Albillo de la lista de castas autorizadas y se incorporó la primera como variedad principal.

En la misma línea de mejora, se introducen restricciones al uso de determinadas variedades, concretamente Palomino, Garnacha tintorera y Tempranillo. De esta forma, estas castas no podrán ser empleadas para nuevas plantaciones o replantaciónes sobre las ya existentes. Sin embargo, se permite la reposición puntual de cepas que fallen con plantas de la misma variedad en viñedos ya establecidos.

 

Régimen de rendimientos máximos

Además, para promover una mayor calidad del producto final, se modifica el régimen de rendimientos máximos de uva por hectárea. Se mantienen los límites actuales de 13.000 kg/ha para las variedades principales blancas y de 12.000 kg/ha para las tintas, sin importar el tipo de vino que se elabore.

Para las variedades secundarias blancas se mantiene el límite de 19.000 kg/ha, mientras que para las tintas se reduce ligeramente, de 19.000 a 18.000 kg/ha. Antes, si las uvas principales no se destinaban a determinados tipos de vino (como Ribeiro castas, barrica, espumoso o tostado), se permitía un rendimiento mayor de hasta 19.000 kg/ha. Esta excepción se eliminó, y los límites se aplicarán en todos los casos. Estos rendimientos se ajustan también en función de la densidad de plantación.

En cuanto a las campañas excepcionales, en las que se permite un aumento de los rendimientos productivos máximos de hasta un 25% debido a las condiciones meteorológicas del año, se establece que esta posibilidad quedará reservada únicamente a las variedades principales. Las secundarias, por lo tanto, quedarán excluidas de este tipo de incremento excepcional.